La volatilidad del Bitcoin es de sobra conocida por inversores y público general.

Basta echar un vistazo a la gráfica de cotización de diciembre de 2017, momento en que alcanzó su máximo histórico (19.800 dólares) para desplomarse, semanas después, hasta poco menos de 10.000.

Pero la criptomoneda por excelencia no es solo una oportunidad de inversión arriesgada. También ha supuesto la creación de un método de pago alternativo para hacer frente a todo tipo de transacciones. Y es que más de 100.000 comerciantes en todo el mundo aceptan Bitcoin. Desde proveedores de soluciones informáticas hasta restaurantes de comida rápida.

Pero hay muchos más posibilidades. Como por ejemplo, comprar viviendas con Bitcoin. Pese a la creencia de muchos, este tipo de transacciones son realmente sencillas. Lo único que debe existir es un acuerdo entre comprador y vendedor sobre la cantidad de bitcoins por la que se cerrará esa operación. El siguiente paso sería convertir a euros la moneda digital. Existen infinidad de plataformas dedicadas a ello.

 

La primera compraventa en España, un ático en Tarragona por 550.000 euros en bitcoins

Un ático ubicado en Tarragona de 120 metros cuadrados y valorado en 40 bitcoins, algo más de medio millón de euros. Esa es la descripción del primer y de momento único inmueble vendido en esta criptomoneda en España. Eso sí, a la hora de cerrar una operación de estas características hay que tener en cuenta una serie de factores. Pese a que es legal realizar compraventas en bitcoins, es obligatorio documentar la operación en euros ante la Agencia Tributaria. ¿El motivo? Evitar el blanqueo de dinero.

Todos los demás pasos son los habituales. El comprador entregará los bitcoins al vendedor ante notario, quien, eso sí, hará constar en la escritura el precio pagado en euros. Antes, el comprador debe probar el origen de la criptomoneda con la que va a pagar y convertirla a dinero de curso legal. La razón de todo ello reside en que el Bitcoin no ha sido emitido por ningún banco central.

 

bitcoins

 

Las mismas obligaciones fiscales

Se puede comprar una vivienda con bitcoins, pero las obligaciones fiscales seguirán siendo las mismas. Hay que recordar que las compraventas de inmuebles están gravadas con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (en caso de que la casa sea usada) o IVA (para las viviendas nuevas). Pagar en bitcoins no exime a comprador y vendedor de tener que hacer frente a estos tributos.

También habrá que prestar especial atención al incremento patrimonial derivado de este tipo de operaciones. Una persona que tenga 100.000 euros en bitcoins y decida adquirir con ellos una residencia valorada en 150.000 tendrá que declarar de manera obligatoria la correspondiente ganancia patrimonial.

 

La volatilidad puede ser una ventaja… y un inconveniente

La volatilidad de la cotización es la gran ventaja y el gran inconveniente de aceptar criptomonedas como método de pago. El vendedor podría tener que hacer frente a una hipotética depreciación, pero también a una apreciación que le obligaría a pagar impuestos por incremento de patrimonio. Eso sí, el intercambio de bitcoins a euros o de euros a bitcoins no está sujeto a IVA, como sucede con el intercambio de divisas en general.

Ello ha hecho que muchos inversores en criptomonedas hayan ideado fórmulas para pagar precios superiores a los realmente escriturados. Esta práctica, que se da independientemente de la moneda con la que se pague una vivienda, supone un fraude por parte del comprador y del vendedor.