El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha iniciado el proceso de consulta pública del Real Decreto por el que se crea la ‘Ventanilla Digital Única de Arrendamientos’ y se regula la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler y alojamientos de corta duración.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que lo consideren conveniente pueden hacer llegar sus observaciones sobre la iniciativa sometida a consulta hasta el día 8 de octubre, según indican fuentes del Ministerio de Vivienda.
El objeto del Real Decreto es introducir en el ordenamiento jurídico español el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, a fin de establecer una serie de obligaciones y regulaciones en materia de información que se aplican a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración estableciendo los procedimientos de registro para las unidades situadas en el territorio.
Registro obligatorio
De esta manera, mediante este real decreto se crea la ‘Ventanilla Digital Única‘, un sistema por el cual cualquier alquiler de una vivienda de corta duración debe registrarse y obtener un número de identificación y sin él, no se podrá publicitar la vivienda en las plataformas digitales.
“Se trata de garantizar que cuando se necesita un alquiler de temporada por razones laborales, estudiantiles, por enfermedad, se pueda dar uso y no se abuse de él“, ha afirmado la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, que ha indicado que el Real Decreto estará listo antes de que termine el año.
Tal y como refleja la parte expositiva del Reglamento europeo, los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración ofrecidos por anfitriones existen desde hace muchos años como complemento de otros servicios de alojamiento.
El volumen de los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración está aumentando considerablemente en toda la Unión Europea, y en concreto en España, como consecuencia del crecimiento de la economía de plataformas.
Si bien los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración crean muchas oportunidades para los huéspedes, los anfitriones y todo el ecosistema turístico, su rápido crecimiento “ha suscitado preocupaciones y planteado retos, en particular para las comunidades locales y las autoridades públicas, como su contribución a la disminución del número de viviendas destinadas al arrendamiento residencial y al aumento de los precios de los alquileres y la vivienda”, indican desde Vivienda.
Por tanto, el Reglamento parte de esa premisa y por ello pretende afrontar una serie de retos, principalmente, la falta de información fiable sobre los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, como la identidad del anfitrión, el lugar donde se ofrecen dichos servicios y su duración.
La falta de dicha información dificulta que las autoridades evalúen el impacto real de estos servicios y elaboren y apliquen respuestas políticas adecuadas y proporcionadas.
Clarificación de la causalidad
De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, esta información obtenida servirá para reforzar la causalidad que la ley exige para los contratos de temporada. Se trata de clarificar la figura de estos arrendamientos para que no puedan ampararse bajos estos contratos y evitar así un fraude o abuso de ley.
Este objetivo es una de las conclusiones que la ministra Isabel Rodríguez anunció como consecuencia del Grupo de Trabajo para la regulación de los contratos de temporada.
Concretamente, la ministra dijo en la rueda de prensa posterior que tendría “que existir una causalidad para poder proceder a este tipo de contratos”. “Se trata de clarificar la figura de estos arrendamientos para que no puedan ampararse bajos estos contratos y evitar así un fraude o abuso de ley“, concluyó.