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La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) forma parte del día a día de cualquier profesional que capta, vende o alquila viviendas integradas en una comunidad de propietarios. Derramas, cuotas pendientes, obras, estatutos, ascensores, terrazas, garajes o restricciones de uso pueden condicionar una operación si no se detectan y comprueban a tiempo.
Por eso, conocer los aspectos esenciales de la LPH permite hacer mejores preguntas durante la captación, identificar posibles riesgos antes de comercializar un inmueble y evitar incidencias cuando la compraventa ya se encuentra en fase de negociación.
¿Qué debería comprobar una agencia? ¿Qué documentación conviene solicitar? ¿Cómo afectan las deudas, las derramas o los acuerdos de la comunidad a una operación inmobiliaria? Repasamos las principales cuestiones que debe tener en el radar un profesional inmobiliario.
¿Qué es la Ley de Propiedad Horizontal y por qué debe conocerla un agente inmobiliario?La Ley de Propiedad Horizontal regula los derechos y obligaciones de los propietarios de pisos y locales integrados en edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal, además de establecer las principales reglas de organización y funcionamiento de las comunidades de propietarios. Entre otras cuestiones, regula aspectos relacionados con:
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En consecuencia, ser propietario de una vivienda no implica disponer de libertad absoluta para realizar cualquier actuación sobre ella. El inmueble cuenta con elementos privativos, pero se integra en un edificio con elementos comunes, derechos compartidos y obligaciones frente al resto de propietarios.
Para una agencia, conocer esta realidad resulta especialmente importante porque muchas de estas circunstancias pueden afectar al valor, al uso o a la comercialización del inmueble.
¿Existe un reglamento de la Ley de Propiedad Horizontal?
No existe un reglamento general independiente que sustituya o desarrolle íntegramente la LPH. Sin embargo, la ley convive con otros documentos y normas que pueden resultar determinantes para conocer la situación concreta de una comunidad y de una vivienda.
| Documento o norma |
Qué regula |
Por qué interesa al agente |
| Ley de Propiedad Horizontal (LPH) | Marco legal general | Establece derechos, obligaciones y régimen de acuerdos |
| Título constitutivo | Configuración jurídica del inmueble | Permite conocer la descripción de los elementos y las cuotas de participación |
| Estatutos de la comunidad | Reglas específicas de la comunidad | Pueden establecer determinadas condiciones o limitaciones de uso |
| Actas de las juntas | Acuerdos adoptados por la comunidad | Permiten detectar derramas, obras, conflictos o cambios relevantes |
| Reglamento de régimen interior | Normas de convivencia y utilización de servicios y espacios comunes | Ayuda a conocer las reglas internas de uso |
| Ley de Enjuiciamiento Civil | Procedimientos judiciales | Resulta relevante en reclamaciones e impugnaciones |
| Normativa autonómica y municipal | Turismo, urbanismo, licencias y otras materias | Puede condicionar determinados usos del inmueble |
El BOE dispone, además, de un Código de Propiedad Horizontal que recopila normativa de utilidad para consultar el marco aplicable.
LPH y captación: qué comprobar antes de comercializar una vivienda
La captación es el momento adecuado para identificar posibles incidencias relacionadas con la comunidad. Descubrirlas cuando ya existe un comprador interesado puede retrasar la negociación, obligar a renegociar determinadas condiciones o incluso comprometer la operación.
El artículo 9 de la LPH establece distintas obligaciones de los propietarios, entre ellas contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble conforme a la cuota de participación correspondiente.
Desde un punto de vista operativo, la agencia puede trasladar estas obligaciones a una serie de comprobaciones básicas.
1. ¿Está el propietario al corriente de pago?
Conviene conocer la existencia de cuotas comunitarias pendientes, derramas, deudas o reclamaciones. No es recomendable limitar la comprobación a una respuesta verbal del propietario.
2. ¿Existen derramas aprobadas?
Una derrama puede tener un impacto económico relevante y convertirse en un elemento de negociación para el comprador. Por ello, interesa conocer no solo si existen derramas, sino también qué se ha aprobado, qué importe corresponde al inmueble y cuándo son exigibles los pagos.
3. ¿Qué establecen el título constitutivo y los estatutos?
Estos documentos pueden contener información relevante sobre cuotas, utilización de determinados espacios, configuración de los elementos del edificio o condiciones específicas de la comunidad.
4. ¿Qué ha aprobado recientemente la Junta?
Las últimas actas pueden revelar información que no resulta visible durante una visita al inmueble: obras previstas, derramas, reclamaciones, instalaciones nuevas, conflictos o acuerdos que afecten a determinados usos de las viviendas.
¿Qué documentación de la comunidad conviene solicitar?
La documentación de una compraventa inmobiliaria puede facilitar la operación o convertirse en una fuente de retrasos si se solicita demasiado tarde.
Una buena práctica para la agencia consiste en incorporar al expediente, cuando corresponda y sea posible obtenerlos, documentos e información como:
- Certificación sobre el estado de deudas con la comunidad.
- Últimos recibos de las cuotas comunitarias.
- Información sobre derramas aprobadas y pendientes.
- Últimas actas disponibles que resulten relevantes.
- Estatutos de la comunidad.
- Título constitutivo o información registral correspondiente.
- Información sobre obras aprobadas o previstas.
- Información sobre posibles limitaciones de uso que puedan afectar a la operación.
El objetivo no es acumular documentación sin criterio, sino detectar anticipadamente cualquier circunstancia que pueda condicionar la comercialización, negociación o firma.

¿Qué ocurre con las deudas de la comunidad al vender una vivienda?
Esta es una de las cuestiones más importantes para una agencia.
En la transmisión de una vivienda o local, el transmitente debe declarar si se encuentra al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad o expresar las cantidades que adeuda. Además, debe aportar la correspondiente certificación en los términos establecidos por la LPH, salvo que el adquirente le exonere expresamente de esta obligación.
La cuestión es especialmente relevante porque el artículo 9 de la LPH establece una afección real del inmueble adquirido al pago de determinadas cantidades adeudadas a la comunidad por los anteriores titulares, con los límites temporales previstos por la propia ley.
💡Por ejemplo, si durante la captación aparece una deuda correspondiente a varias anualidades, el agente no debería improvisar qué cantidad corresponde asumir a cada parte ni trasladar conclusiones jurídicas sin verificar.
La actuación profesional debería ser:
- Solicitar la certificación correspondiente.
- Identificar la existencia de la deuda.
- Informar a las partes de la incidencia.
- Trasladar la cuestión a la notaría, al administrador de fincas o al asesor jurídico cuando sea necesario.
- Dejar documentada la situación antes de avanzar hacia la firma.
La regla operativa para la agencia es sencilla: documentar antes de negociar, no después.
Derramas: una comprobación especialmente importante
Las derramas merecen una atención específica porque pueden generar conflictos entre vendedor y comprador cuando no se conocen o explican correctamente.
Antes de comercializar una vivienda conviene comprobar:
- Si existe alguna derrama aprobada.
- Para qué actuación se ha aprobado.
- Qué importe corresponde al inmueble.
- Qué pagos se han realizado.
- Qué cantidades quedan pendientes.
- Cuándo resultan exigibles.
Esta información permite que comprador y vendedor negocien con mayor transparencia y evita descubrir un coste relevante en las últimas fases de la operación.
¿Qué mayoría necesita una comunidad para aprobar una decisión?
La LPH establece diferentes regímenes de adopción de acuerdos en función de la actuación de que se trate. No existe, por tanto, una única mayoría válida para todas las decisiones de una comunidad.
Aquí algunas situaciones o supuestos con la mayoría requerida:
| Situación | Mayoría / régimen general |
| Modificación de ciertas reglas del título constitutivo o estatutos | Unanimidad, salvo excepciones |
| Determinados servicios comunes | 3/5 de propietarios y cuotas |
| Ascensor y obras de accesibilidad | Mayoría en los términos del art. 17.2, sin perjuicio de los supuestos obligatorios del art. 10 |
| Algunas actuaciones de eficiencia energética | Mayoría simple |
| Punto de recarga privado en plaza individual | Comunicación previa a la comunidad |
| División, segregación, agregación, alteraciones estructurales.. | 3/5, conforme al art. 17.4 |
| Acuerdos no incluidos en el art. 17 que modifiquen título/estatutos | Unanimidad |
| Resto de acuerdos | Mayoría, con las reglas de primera y segunda convocatoria |
Aun así, lo importante para un agente inmobiliario no es memorizar todas las combinaciones posibles, sino comprender que la mayoría necesaria depende de la actuación concreta y que debe verificarse el artículo aplicable antes de afirmar a un cliente que una obra, instalación o cambio de uso puede realizarse.
Ante una operación en la que un determinado acuerdo comunitario sea decisivo, conviene revisar:
- Qué actuación se pretende realizar.
- Qué establece la LPH para ese supuesto.
- Qué disponen el título constitutivo y los estatutos.
- Si existe ya algún acuerdo de la comunidad.
- Si interviene además normativa urbanística, turística o administrativa.

¿Qué dice la LPH sobre las obras en una comunidad?
No todas las actuaciones sobre un edificio están sometidas al mismo régimen.
La LPH contempla, entre otros supuestos, determinadas actuaciones necesarias para la conservación, seguridad, habitabilidad y accesibilidad, así como regímenes específicos para otras intervenciones.
También existen previsiones relacionadas con actuaciones de eficiencia energética.
Desde la perspectiva inmobiliaria, la cuestión fundamental aparece cuando una obra realizada o prevista puede afectar a elementos comunes, fachada, estructura, terrazas, configuración exterior o características relevantes del inmueble.
En esos casos, antes de presentar una determinada situación como consolidada o legalmente válida, conviene comprobar la documentación comunitaria y administrativa correspondiente.
Obras dentro de la vivienda: ¿puede el propietario hacer cualquier modificación?
No. El artículo 7 de la LPH establece límites a las modificaciones que un propietario puede realizar en su piso o local cuando estas afectan a determinados elementos del edificio o perjudican los derechos de otros propietarios.
Por eso, si durante una captación se detectan cerramientos de terrazas, modificaciones de fachada, alteraciones que puedan afectar a elementos comunes u otras intervenciones relevantes, la agencia debería comprobar su situación documental.
Dependiendo del caso, puede ser necesario revisar:
- Título constitutivo.
- Estatutos.
- Acuerdos de la comunidad.
- Licencias o autorizaciones administrativas.
- Situación registral.
- Otra documentación técnica o jurídica aplicable.
Viviendas turísticas: una comprobación imprescindible
Las viviendas destinadas a alquiler turístico requieren una revisión específica.
Desde el 3 de abril de 2025, la LPH incorpora nuevas previsiones sobre la aprobación de la comunidad para el ejercicio de determinadas actividades turísticas en viviendas sometidas al régimen de propiedad horizontal.
Para un agente, esto implica que no basta con comprobar si una vivienda dispone o ha dispuesto de autorización turística administrativa. También resulta necesario analizar, según el caso, la situación de la comunidad y el régimen aplicable a esa actividad.
Entre las comprobaciones que pueden resultar relevantes se encuentran:
- Fecha de inicio de la actividad.
- Licencia, declaración responsable o título habilitante correspondiente.
- Estatutos.
- Acuerdos de la comunidad.
- Fecha de adopción de esos acuerdos.
- Normativa turística autonómica.
- Situación registral cuando resulte relevante.
- Requisitos administrativos aplicables.
Es especialmente importante no asegurar a un comprador que podrá destinar una vivienda a uso turístico únicamente porque el anterior propietario lo hiciera. La viabilidad debe analizarse conforme a la normativa y circunstancias concretas de la operación.
¿Qué ocurre si un propietario no paga la comunidad?
La LPH también establece mecanismos frente a la morosidad.
Entre otras posibilidades, la comunidad puede adoptar determinadas medidas frente al impago, dentro de los límites establecidos por la normativa, y reclamar judicialmente las cantidades pendientes.
El artículo 21 de la LPH regula aspectos específicos de la reclamación de deudas comunitarias y en estos procedimientos también resulta relevante la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
¿Por qué debería importarle esto a una agencia inmobiliaria?
Porque una vivienda con una deuda o un conflicto comunitario relevante puede:
- Dificultar la negociación.
- Retrasar la compraventa.
- Generar incertidumbre en el comprador.
- Provocar una renegociación de las condiciones.
- Requerir asesoramiento jurídico adicional.
- Complicar o aplazar la firma.
⚠️ El agente inmobiliario no tiene que sustituir al abogado, al administrador de fincas ni al notario. Su función consiste en detectar la incidencia, obtener la documentación necesaria dentro de su ámbito de actuación y derivar la cuestión al profesional correspondiente cuando requiera una interpretación jurídica.
¿Qué papel tiene el administrador de fincas en una operación?
El administrador desempeña distintas funciones relacionadas con la gestión de la comunidad, su conservación, la ejecución de acuerdos y la documentación comunitaria.
Por ello, puede convertirse en una fuente de información y documentación relevante durante una operación inmobiliaria, siempre dentro de los cauces y requisitos correspondientes.
Es importante diferenciar las funciones de cada profesional:
- Administrador de fincas: gestiona la comunidad en el ámbito de sus funciones.
- Agente inmobiliario: intermedia y acompaña a las partes durante la operación.
- Notario: autoriza el instrumento público y ejerce las funciones de asesoramiento y control de legalidad que le corresponden.
- Abogado: presta asesoramiento y defensa jurídica.
Como agente inmobiliario, es fundamental no asumir interpretaciones o responsabilidades jurídicas que correspondan a otros profesionales.
Checklist LPH: qué comprobar desde la captación hasta la firma
Una agencia puede convertir todas estas cuestiones en un procedimiento interno para reducir incidencias y mejorar la calidad de sus operaciones.
Antes de publicar el inmueble
✔ Confirmar la titularidad.
✔ Preguntar por las cuotas ordinarias y su importe.
✔ Comprobar la existencia de deudas comunitarias.
✔ Preguntar por derramas aprobadas o previstas.
✔ Identificar obras aprobadas, pendientes o en ejecución.
✔ Solicitar información sobre acuerdos recientes relevantes.
✔ Revisar estatutos cuando puedan afectar a la operación.
✔ Comprobar posibles restricciones relacionadas con el uso previsto del inmueble.
✔ Identificar conflictos o procedimientos conocidos que puedan afectar a la operación.
Antes de aceptar una oferta
✔ Confirmar que la situación de la comunidad no ha cambiado.
✔ Actualizar la información sobre derramas.
✔ Comprobar las deudas pendientes.
✔ Revisar acuerdos recientes que puedan afectar al inmueble.
✔ Informar al comprador de las circunstancias relevantes conocidas y documentadas.
Antes de la firma
✔ Obtener la certificación sobre el estado de deudas en los términos legalmente exigibles.
✔ Revisar las cantidades pendientes y su tratamiento en la operación.
✔ Actualizar la información sobre derramas.
✔ Trasladar las incidencias a la notaría o al asesor correspondiente.
✔ Evitar afirmaciones no documentadas sobre posibles usos futuros del inmueble.
Para profundizar en la fase de captación, también pueden resultar útiles estas 15 preguntas sobre la comunidad antes de captar una vivienda.
Tres errores relacionados con la LPH que una agencia debería evitar1. Confiar únicamente en la información verbal del propietarioEl propietario puede desconocer una derrama, no recordar un acuerdo reciente o interpretar de forma incorrecta los estatutos.
2. Confundir autorización administrativa y autorización comunitariaUna licencia o autorización administrativa y los requisitos derivados de la propiedad horizontal pueden operar en ámbitos diferentes.
3. Esperar hasta la notaría para descubrir una deuda o derramaMuchas incidencias pueden identificarse mucho antes de llegar a la firma.
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Diez claves de la Ley de Propiedad Horizontal para agentes inmobiliarios
Si hubiera que resumir esta guía en diez ideas operativas, serían estas:
- La LPH puede afectar directamente a la comercialización de una vivienda.
- Título constitutivo, estatutos y acuerdos comunitarios pueden contener información esencial.
- La situación económica del propietario frente a la comunidad debe comprobarse antes de la firma.
- El certificado sobre el estado de deudas es un documento fundamental en la compraventa.
- Las derramas deben identificarse y analizarse antes de negociar su tratamiento.
- No todas las obras y acuerdos están sometidos al mismo régimen de aprobación.
- Las modificaciones que afectan a elementos comunes requieren especial atención.
- Las viviendas turísticas exigen una comprobación específica de la normativa y de la situación comunitaria.
- Las actas pueden revelar circunstancias relevantes que no se aprecian durante una visita al inmueble.
- Ante una duda jurídica, el agente debe detectar el riesgo, documentarlo y recurrir al profesional adecuado en lugar de improvisar una interpretación.
En definitiva
Conocer la Ley de Propiedad Horizontal no significa que el agente inmobiliario tenga que convertirse en especialista jurídico. Significa saber qué preguntar, qué documentación solicitar, qué señales de alerta detectar y cuándo recurrir a un profesional especializado.
Integrar estas comprobaciones desde la captación permite anticipar incidencias, aportar mayor transparencia a compradores y vendedores y reducir el riesgo de que aparezcan obstáculos cuando la operación ya está avanzada.
En un mercado cada vez más profesionalizado, el valor del agente también reside en su capacidad para anticiparse a los problemas y coordinar una operación con rigor hasta la firma. Y, para conseguirlo, conocer los aspectos fundamentales de la Ley de Propiedad Horizontal constituye una herramienta comercial y operativa de gran utilidad.
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