La Fundación de Estudios de Economía Aplicada considera que limitar la subida de los alquileres de viviendas tiene “dudosos” efectos antiinflacionarios y genera “notables distorsiones” contractuales y microeconómicas, al tiempo que ha advertido de que encarece los alquileres futuros.
Según ha advertido la Fundación, limitar la actualización de los alquileres de viviendas tiene dos efectos “perversos”. Por un lado, redistribuye riqueza entre las partes de los contratos vivos de alquiler. Por otro lado, máxime cuando se generan expectativas de permanencia, como es el caso, dificulta y encarece los alquileres futuros. “En consecuencia, los arrendadores potenciales están menos dispuestos a alquilar, por lo que habrá menos contratos y sus rentas iniciales serán más altas”, han alertado.
Así se desprende del informe elaborado por Benito Arruñada (Universidad Pompeu Fabra) sobre la reciente medida que limita al 2% la actualización de los alquileres de viviendas y la regulación sobre alquileres en el proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, que discute actualmente la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Congreso de los Diputados.
El autor considera que ambas iniciativas legislativas vienen a agravar la situación de los arrendadores de viviendas porque confunden el síntoma de que los precios sean o, últimamente, más bien se perciban como altos con las causas, que guardan relación con la escasez de oferta y sobre todo, en los últimos meses, con la inflación.
Tras comentar los efectos y la historia del control de alquileres, el documento analiza lo que considera la “involución” que se ha producido en este ámbito desde el ‘Decreto Boyer’ de 1985. Critica, en especial, que desde 1994 la ley imponga a las partes una duración mínima del contrato que es de la más extensas de la OCDE.
Favorece a ciertos inquilinos
El documento termina preguntándose qué fuerzas llevan a la sociedad española a reincidir en el “error” a la hora de regular el alquiler residencial. Para ello, explora la posibilidad de que, en contra de los argumentos al uso, los cuales suponen que la regulación protege a unos inquilinos relativamente débiles y homogéneos, ese supuesto error sirva realmente para favorecer “a un cierto tipo de inquilinos a costa de otros”.
En concreto, favorecería a aquellos, como los empleados permanentes de grandes empresas y, sobre todo, los funcionarios públicos, que, por su estabilidad y fácil localización, ofrecen mejores garantías al arrendador. Tienen, por ello, menos dificultades para contratar en un contexto de oferta artificialmente escasa, en la que esa escasez se raciona “discriminando a favor de esos mejores inquilinos”, según señala el autor.